Registro de Domino en Paraguay
Registro de Domino en Paraguay
Si estas interesado en registrar tu marca en internet, nosotros te podemos ayudar.
No sólo registramos tu nombre Domino también te ofrecemos servicio de Alojamiento Web “WebHosting”, para que puedas tener tus cuentas de correo “email” de empresa y puedas alojar tu sitio web.
¿Que son los Dominios de internet?
Un dominio de Internet es una red de identificación asociada a un grupo de dispositivos o equipos conectados a la red Internet.
Wikipedia lo describe así:
Dominio de Internet es un nombre único que identifica a un subárea de Internet. El propósito principal de los nombres de dominio en Internet y del sistema de nombres de dominio, es traducir las direcciones IP de cada activo en la red, a términos memorizables y fáciles de encontrar.
Si ya tienes el nombre de tu dominio y quieres saber si está disponible, envíanos el nombre o los nombres de dominios por WhatsApp al 0961 736520 y te estaríamos informando de la disponibilidad en la brevedad posible.
Dominio Nacionales
Si tu nombre de Dominio .COM no esa disponible , también puedes registrar un Dominio Nacionales como: .COM.PY, .NET.PY, .ORG.PY, .GOV.PY
Requisitos solicitados para la delegación de los siguientes dominios:
- Nombre de la Empresa (Razón Social)
- RUC
- Dirección, Ciudad y País
- Teléfono
- Nombre del personal Administrativo
- C.I. del personal Administrativo
- Email del personal Administrativo
COM.PY: estos dominios son de uso general y pueden ser delegados a personas o empresas constituídas con las debidas documentaciones y justificación de uso del dominio.
NET.PY: estos dominios son delegados únicamente a los ISP, razón por la cual el solicitante debe enviar una copia de la habilitación que la CONATEL le expidió a la empresa habilitándola a proveer Acceso a Internet.
ORG.PY: estos dominios son delegados a Instituciones sin fines de lucro, con o sin personería jurídica.
GOV.PY: estos dominios son delegados a Entes dependientes del Estado paraguayo.
EDU.PY: estos dominios corresponden exclusivamente a Instituciones de carácter educativo reconocidas por el MEC o bien por el Consejo de Universidades en caso de que la institución solicitante sea una Universidad.
COOP.PY: estos dominios corresponden exclusivamente a organizaciones de carácter cooperativo, independientemente de su tipo (consumo, crédito, etc.). Para la delegación de éstos dominios, la organización responsable debe contar con el certificado de la INCOOP.
Pautas del Servicio de Delegación de Nombres de Dominio .com.py
Los nombres de dominio solicitados pueden constar únicamente de las letras «a» a «z» (excluyendo la «ñ»), los dígitos del «0» al «9» y el guión «-«; no existe distinción entre mayúsculas y minúsculas. Deberán observarse además los siguientes puntos:
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Algunos puntos a tener en cuenta
- El carácter guión «-» no puede ser utilizado como primer ni último carácter del nombre de dominio.
- La longitud mínima de un nombre de dominio es de dos caracteres, pero se recomienda que conste de al menos cinco caracteres para disminuir probabilidad de conflictos.
- La longitud máxima admitida para un nombre de dominio es de sesenta y tres caracteres, pero se recomienda no exceder de veinticuatro caracteres.
También se rechazarán las solicitudes de delegación de nombres de dominio que vulneren ostensiblemente la moral y las buenas costumbres.
Podrán ser denegadas las solicitudes de nombres de dominio que coincidan evidentemente con nombres de organizaciones, productos, servicios o marcas bien conocidas, al igual que palabras genéricas de dominio público y nombres propios de lugares, a menos que la Organización Responsable acredite tener la debida autorización para solicitarlo.
No podrán delegarse dominios correspondientes a nombres de personas a menos que el nombre de dominio solicitado conforme la imagen pública de la Organización Responsable y a través de dicho nombre se ofrezcan productos o servicios.
Las denominaciones que coincidan con la palabra «nacional», «oficial» o «Paraguay» o las letras, palabras o nombres distintivos que usen o deban usar la República, los departamentos, y/o las ciudades del país, sólo podrán ser solicitadas por las entidades públicas que correspondan.
También podrán rechazarse las solicitudes de dominios que correspondan de manera deliberada y abusiva a variaciones de un mismo nombre.
El uso que se le da en este apartado al término «coincidencia» se refiere en todo momento a la correspondencia literal o fonética de las palabras.